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Empleados menores de edad en North Carolina

Writer's picture: ProgresaProgresa


Aquí les presentamos cuales son las reglas para que los menores de edad puedan trabajar en North Carolina.


Reglas para adolescentes de 14 a 15 años de edad:


· No más de 3 horas por día en días escolares, y no más de 8 horas diarias en días fuera de horario escolar.

· Solo pueden trabajar de 7am a 7pm (Hasta 9pm desde Junio 1ero. hasta el día de "Labor Day" que es cuando no hay clases)

· Un máximo de 18 horas por semana en horario escolar o 40 horas por semana fuera de horario escolar.

· Un "break" o receso de 30 minutos se requiere después de trabajar 5 horas seguidas.

Reglas para adolescentes de 16 a 17 años de edad:


· Mientras el ciclo escolar perdure el joven que este matriculado desde los grados 12 o menor, no puede ser empleado en horarios de 11pm a 5 am cuando haya clases el día siguiente.

· Excepciones se pueden hacer, siempre y cuando el empleador reciba un permiso por escrito de los padres del adolescente y director de la escuela del mismo.

Limitaciones de trabajo:

· Jóvenes menores de 14 años: Trabajo para estos menores generalmente no es permitido, excepto cuando trabajen para sus padres. Haciendo entregas en casa, o entregando periódico. Modelando o actuando en una película o producción teatral.

· Jóvenes de 14-15 años de edad: trabajo puede ser realizado en negocios minoristas, servicios de comida (restaurante) oficinas u otro tipo. No se permite trabajo para ellos en construcción, minería, fabricas. Sitios de construcción con maquinaria mecánica (sierras eléctricas, etc.) Ni en sitios donde haya venta de alcohol y su consumo.

Ocupaciones Peligrosas y Perjudiciales para los jóvenes:

A continuación 17 ocupaciones peligrosas y perjudiciales en las cuales NO JOVEN menor de 18 años puede trabajar, aplica también para aquellos que trabajen para sus padres.:

1. Producción y empaque de explosivos.

2. Manejo de vehículos motorizados o ayudante de chofer.

3. Minería de carbón.

4. Tala y aserradero.

5. Máquinas de carpintería motorizadas.

6. Exposición a sustancias radioactivas.

7. Aparato de elevación motorizado.

8. Máquinas de punzonado y corte de metales de motor.

9. Minería aparte de la minería del carbón.

10. Sacrificio, y procesamiento de carne.

11. Máquinas de panadería motorizada.

12. Maquinas automáticas de productos de papel.

13. Fabricación de ladrillos, azulejos y productos afines.

14. Motosierras circulares, sierras de cinta y cizallas de guillotina.

15. Operaciones de demolición, y desagüe de buques.

16. Operaciones de techado.

17. Operaciones de excavación.

Para más información llama gratis al 1 (855) 5776123.

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